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lunes, 9 de febrero de 2009

PROHIBEN SINDICALIZARSE A SERVIDORES PÚBLICOS EN EL SALVADOR


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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador declaró inconstitucional el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, que garantiza la formación de sindicatos de empleados públicos.

El magistrado Néstor Castañeda dijo que mientras no se reforme el artículo 47 de la Constitución, los empleados públicos no podrán reunirse en sindicatos y consecuentemente llegar a huelgas o paros laborales, porque "existe esa prohibición expresa".

El Estado salvadoreño iniciará el trámite para retractarse de la ratificación del Convenio ante la OIT, lo que podría implicar sanciones del organismo internacional.
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Sindicatos repudian fallo
Los sindicatos del sector público aseguran que la resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), es una muestra “evidente” de la falta de voluntad política del Gobierno.

“El Gobierno ya sabía de eso (la inconstitucionalidad), y tuvo que haberlo valorado antes, para hacer una reforma a la Constitución y, así, no coartarnos el derecho a la sindicalización”, expresó el primer secretario de conflictos del Sindicatos de Trabajadores del Seguro Social (STISSS), Christopher Guevara.

En agosto de 2006, El Salvador ratificó los convenios 87, 98, 135 y 151 de la OIT; pero el primero es el más importante para los sindicatos, ya que les permite la libertad sindical y la protección del derecho de sindicalización.

Sin embargo, el “baldazo de agua fría” propiciado por la CSJ es que, el convenio 87 es inconstitucional, porque extiende el derecho a la libertad sindical a los empleados públicos, y que éstos no están comprendidos entre quienes poseen ese derecho.
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“Como el Gobierno ya vio la gran avalancha de solicitudes para crear sindicatos, por eso es que ahora lo declara inconstitucional”, añadió el sindicalista del STISSS.

Por su parte, Dagoberto Ramírez, miembro de la Mesa Permanente por la Justicia Laboral, considera que la declaratoria de inconstitucional del convenio 87, es algo “que se veía venir”, por lo que los miembros de la mesa, rechazan y condenan la decisión de la CSJ.

“Es una actitud que pone a la luz pública la falta de voluntad, pero la sindicalización es un derecho que se debe respetar”, dijo Ramírez.

Según Leda Belloso, presidenta del Sindicato Nacional de Empleados Judiciales Salvadoreños (SINEJUS), debido a la noticia de inconstitucionalidad del convenio, los representantes de diferentes organizaciones sindicales de Estado se reunirán para dar una opinión conjunta en cuanto a la decisión de la CSJ.

Critican decisión de Corte
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“El fallo dice que los trabajadores no deben tener sindicatos, pues interrumpe las labores de éstos, lo cual es completamente una burla por parte de la Corte Suprema, ya que se encuentran violentando los derechos de los trabajadores públicos”, criticó el presidente de AGEPYM, William Huezo.

Según el sindicalista, la decisión que tomó la CSJ lleva consigo órdenes de las personas de poder en el país, con lo cual prácticamente han “secuestrado” a la Corte.

AGEPYM llevará a cabo desplazamientos hasta la CSJ para exigir una explicación de la razón del fallo en contra de los trabajadores del servicio público, asimismo, pedirán solidaridad con las organizaciones a nivel internacional.
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