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jueves, 26 de marzo de 2009

Por inviabilidad financiera originada en altos costos operativos y administrativos, la Superservicios ordena la liquidación de Emsirva

Se indemnizará a los trabajadores conforme a las normas laborales vigentes

Bogotá, D.C. marzo 26 de 2009. La Superintendencia de Servicios Públicos ordenó, mediante Resolución No. 07455 del 25 de marzo de 2009, la liquidación de la Empresa de Servicio Público de Aseo de Cali E.S.P. –EMSIRVA-, al establecer que los elevados costos operacionales y administrativos de la empresa dan lugar a un déficit mensual aproximado de $2200 millones, para un total anual proyectado de  $25.000 millones, lo que hace inviable financiera y técnicamente en el corto, mediano y largo plazo a Emsirva, pues los ingresos no cubren sus costos operacionales, situación que la imposibilita para continuar prestando el servicio de aseo con la calidad y la continuidad que ordenan la Constitución y la Ley.

De acuerdo con la Resolución, Emsirva en Liquidación suscribirá un contrato transitorio de operación en la zona 1 de Cali para garantizar la continuidad y prestación del servicio de aseo en esta zona de la ciudad, mientras se implementa una solución de largo plazo que garantice la prestación del servicio de aseo en la zona manejada por la empresa en liquidación. Los demás contratos en las tres zonas restantes seguirán como estaba previsto.

Emsirva , a pesar de la celebración de los contratos para la operación de 3 de las 4 zonas en que fue dividida la ciudad y de contar con un buen índice de recaudo en relación con su facturación, continuó asumiendo unos costos fijos elevados que finalmente la hicieron inviable. Los costos laborales, incluyendo las pensiones, representan más del 77% de los ingresos de Emsirva, cuando el indicador eficiente para el sector no reconoce costos pensionales que puedan ser transferidos vía tarifa. El factor prestacional de la empresa era de 2,56 para el personal administrativo y de 2,99 para el personal operativo, mientras que ajustándose a lo ordenado por la Ley los empleados debían recibir 1,56 salarios anuales. El 78% de los ingresos por facturación se iban a cubrir la carga prestacional y convencional, pero no permitían cubrir la operación básica del servicio como debe serlo bajo el modelo tarifario que permite trasladar sólo costos de eficiencia a la tarifa. Así las cosas, los elevados pasivos laborales corrientes y por pensiones impidieron generar el flujo de caja necesario para cubrir las necesidades mínimas de inversión y mantenimiento para prestar el servicio con la calidad y continuidad debidas. La empresa estaba enfrentada a una total iliquidez a partir del próximo mes.

Se respetarán los derechos laborales

La Superservicios afirmó que se respetarán los derechos de los trabajadores de Emsirva. Teniendo en cuenta el proceso de liquidación Emsirva cesa en su objeto social y no continuará a partir de la fecha asumiendo la prestación del servicio público domiciliario de aseo (barrido y recolección), lo cual implicará la desvinculación automática de todos sus servidores, a los cuales se les pagará la indemnización de acuerdo la ley.

Por tanto, temporalmente se exceptúan de la terminación de contrato a los trabajadores con Fuero Sindical y a los trabajadores que se encuentren en circunstancias especiales, por ejemplo, próximos a pensionarse o en embarazo o licencia de maternidad, todo esto conforme con la ley y respetando sus derechos laborales y pensionales.

NOTA REMITIDA VIA E-MAIL POR AGRIPINA HURTADO, RESPONSABLE POLÍTICA DE ISP ANDINA.

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